Importante: Este artículo es informativo y la información puede estar desactualizada, te recomendamos siempre que contactes con tu comunidad autónoma
En el caso de esta comunidad autónoma, es el Gobierno de Castilla - La Mancha el que tiene atribuida la competencia en materia de Turismo. Y la normativa que regula el procedimiento para el registro es el Decreto 36/2018, de 29 de mayo, por el que se establece la ordenación de los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en Castilla-La Mancha.
Procedimiento
Para el inicio de la actividad, es requisito indispensable que la vivienda figure en el Registro de Turismo de Castilla - La Mancha y que la identificación del Registro se incluya en la publicidad del anuncio de portales.
VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO
Para poder inscribirla debes presentar una Declaración Responsable vivienda (en este link encontrarás cómo proceder).
APARTAMENTOS DE USO TURÍSTICO
Para poder inscribirlo, debes presentar una Declaración Responsable (en este link encontrarás cómo proceder).
Puntos a destacar de la regulación autonómica
Existen varios requisitos que la vivienda debe cumplir. Algunos de ellos son:
se ceden al completo, no permitiéndose la cesión por estancias o habitaciones
en la puerta de entrada de cada vivienda de uso turístico, en lugar visible, se exhibirá la placa identificativa ‘VUT’
no podrán utilizarse como residencia permanente ni con cualquier otra finalidad distinta del uso turístico
deberán disponer en sus instalaciones de información turística de la zona, información de servicios médicos, medios de transporte urbano, etc.
Para ver el listado completo de requisitos recomendamos leer el Decreto.
Contacto
Como alguna de estas normativas pueden sufrir modificaciones, te facilitamos el contacto donde podrás consultar la información actualizada:
Dirección General de Turismo, Tel: 925 267 996. Email: dgturismo-artesania@jccm.es