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Normativa, viviendas turísticas, Galicia, legislación, declaración responsable.

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Escrito por Shila Gutiérrez
Actualizado hace más de una semana

Importante: Este artículo es informativo y la información puede estar desactualizada, te recomendamos siempre que contactes con tu comunidad autónoma

En el caso de esta comunidad autónoma, es La Xunta de Galicia la que tiene atribuida la competencia en materia de Turismo. La normativa que regula el procedimiento para el registro de viviendas de uso turístico es el Decreto 12/2017, de 26 de enero, por el que se establece la ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico en la Comunidad Autónoma de Galicia

Procedimiento 

Para el inicio de la actividad, es requisito indispensable que la vivienda figure en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia. 

Para poder inscribirla debes presentar una Declaración Responsable. 

  • Viviendas de uso turístico: En este link encontrarás cuál es el procedimiento de inscripción y se despejan las principales dudas sobre las viviendas de uso turístico. 

  • Apartamento turístico: En el caso del registro como apartamento turístico, encontrarás el procedimiento a través de este link.

Existen varios requisitos que la vivienda o apartamento debe cumplir. Para ver el listado completo de requisitos recomendamos leer el Decreto.

Contacto

Como alguna de estas normativas pueden sufrir modificaciones, te facilitamos el contacto donde podrás consultar la información actualizada:

Agencia de Turismo:  Tel: 981 546 351 – 981 546 352  secretaria.turismo@xunta.es

Además hay una asociación que agrupa a propietarios y gestores de viviendas vacacionales. Puede interesarte contactar con ellos.

Asociación de Viviendas Turísticas de Galicia: Aviturga

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