¿Qué ocurre si no aporto la documentación requerida de mi KYC?

Documentación KYC y niveles de obligatoriedad.

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Escrito por Verónica
Actualizado hace más de una semana

Este procedimiento de validación de tu KYC se requiere para cumplir con la normativa vigente del Banco de España y el SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias).

Por ello, siempre que transacciones con nosotros, es necesario que tus datos de facturación estén verificados. Para poder realizar esa verificación, comprobamos que tus datos de facturación coincidan con los de la documentación KYC.

Debes adjuntar la documentación correspondiente a cada campo de tus datos y posteriormente será cotejada por el equipo BackOffice/Financiero en un plazo de 24-48 horas.

El hecho de no aportar la documentación KYC puede provocar demoras en los pagos que tengas pendientes de recibir, puesto que no puede completarse un pago a un cliente no verificado.

Plazos para completar la documentación

Existen dos niveles de obligatoriedad: A y B.

  • Si entras en A: tendrás 15 días para aportar tu documentación sin restricciones en el acceso.

  • Si entras en B: tendrás 15 días para aportar tus documentos sin restricciones en el acceso pero tus pagos quedarán pausados hasta que completes tu documentación y resulte validada.

Otros enlaces de interés:

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